Con el objetivo de preservar las zonas protegidas del Cantón, el GADM Yantzaza con el apoyo del Fondo Regional del Agua y Naturaleza y Cultura Internacional, se declararon en marzo del presente año 44.061 hectáreas como áreas protegidas municipales, para conservar a largo plazo sus servicios ambientales; siendo uno de ellos el agua para consumo humano.

Aprovechando la tecnología satelital aplicada a la conservación de la naturaleza, desde el presente año la Municipalidad utiliza la plataforma Global Forest Watch para mejorar el control de la deforestación en las recientemente declaradas áreas protegidas municipales, previo a un entrenamiento realizado por Foragua a 5 técnicos de las áreas de Ambiente, Gestión de Riesgos y Planificación de la institución.
Zonas
Una de estas áreas legalmente protegidas es la microcuenca de la quebrada Yantzaza, que con una extensión de 1.710 hectáreas (de las cuales 1.104 son bosque) provee de agua para consumo humano a la cabecera cantonal y es donde se determinaron con el uso de la plataforma y visitas in situ, áreas críticas en la microcuenca donde se producen los mayores focos de deforestación y otras posibles amenazas, lo que motiva a un mayor control por parte de las instituciones respectivas.
En este sentido, la “Ordenanza para la protección de fuentes y zonas de recarga de agua, ecosistemas frágiles y otras áreas prioritarias para la conservación de la biodiversidad y el patrimonio natural del cantón Yantzaza”, en su Artículo 46 considera infracción todo daño provocado al ambiente resultado de actividades realizadas por el ser humano que afecten al funcionamiento del ecosistema.
Sanciones
Asimismo, en su Artículo 49, establece sanciones a quienes provoquen daños a los recursos naturales existentes en las áreas protegidas municipales; entre las que se cuentan sanciones de cuantía fija que oscilarán entre el diez por ciento de un salario básico unificado hasta cien salarios básicos unificados; o sanciones como el derrocamiento, desmontaje o retiro (a costa del infractor), así como la clausura temporal o definitiva, cancelación de licencias, decomiso de bienes y equipos, suspensión provisional o definitiva de la actividad materia de la infracción; entre otras.
Dicha Ordenanza a través del Artículo 55, faculta a la ciudadanía denunciar ante el GAD la afectación a los derechos de la naturaleza, la vulneración de los principios ambientales, el irrespeto a la soberanía alimentaria así como la amenaza o daño al patrimonio natural cantonal.

 

 

Fuente: Crónica | ElProductor.com

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