El Ministerio de la Producción (PRODUCE) autorizó el inicio de la primera temporada de pesca industrial de anchoveta en la zona sur del litoral, a partir del próximo martes 17 de enero y culminará una vez alcanzado el límite máximo de captura permisible, pero no podrá exceder del 30 de junio del 2017.

De acuerdo a Resolución Ministerial N° 010-2017-Produce, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el límite máximo total de captura permisible de la primera temporada de pesca 2017 de la zona sur del recurso anchoveta será de 515,000 toneladas, por recomendación del Instituto del Mar del Perú (IMARPE).

La medida será aplicada para la anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la zona comprendida entre los 16°00’ Latitud Sur y el extremo sur del dominio marítimo, es decir, aproximadamente desde Punta Capa, ubicada en el distrito de Chaparra en Caravelí, región Arequipa, hasta la playa Los Palos, situada en el distrito de La Yarada, región Tacna.

La fecha de conclusión de la primera temporada de pesca del 2017 de la zona sur podrá ampliarse o reducirse en función a las condiciones biológicas ambientales, previo informe del Imarpe.

De acuerdo a la resolución, la vigilancia y control de las zonas de pesca se efectuará sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital.

Conviene indicar que, solo podrán realizar faenas de pesca las embarcaciones pesqueras registradas y autorizadas para desarrollar actividades extractivas durante la presente temporada de pesca, que cumplan con la normativa vigente y conforme al Límite Máximo de Captura por Embarcación de la Zona Sur, que será aprobado y publicado mediante resolución directoral.

Prohibiciones

La medida señala que se prohíbe la extracción y procesamiento de ejemplares de anchoveta con tallas menores a las previstas en las normas vigentes, permitiéndose una tolerancia máxima de 10% expresada en número de ejemplares.

En caso se extraigan ejemplares juveniles de anchoveta en porcentajes superiores al 10% de los desembarques diarios de un determinado puerto, se suspenderán las actividades pesqueras, principalmente las actividades extractivas, por un período mínimo de tres días consecutivos de las zonas de pesca o de ocurrencia.

En función a las condiciones biológicas ambientales, previo informe del Imarpe – que proporciona información científica – y a través de la expedición de la resolución ministerial respectiva, la fecha de conclusión de la primera temporada de la zona sur podrá ampliarse o reducirse.

 

 

Fuente: Noticias Agropecuarias | ElProductor.com

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