Mediante resolución Nº 1905, la Comunidad Andina (CAN) prohíbe el uso de los parabenos de cadena larga como ingrediente para productos cosméticos en los países miembros de la organización.
Esto tiene como base los estudios del Comité Científico de Seguridad de los Consumidores de la Unión Europea, que a través del Reglamento Nº 358 de 2014, prohíbe el uso en formulaciones de productos cosméticos al isopropilparabeno, isobutilparabeno, fenilparabeno, bencilparabeno y pentilparabeno, porque no ofrecen seguridad al ser humano.
Las empresas que utilicen dichos componentes tendrán un plazo de un año, desde la Resolución 1905, para reformular sus productos, agotar los existentes y realizar ante la Autoridad Nacional la modificación a la notificación sanitaria obligatoria.

Fuente: El Telégrafo | ElProductor.com

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