El Banco Central informó que ya se efectuó la desactivación definitiva de las cuentas de dinero electrónico y pueden acercarse a las ventanillas de la entidad en Quito, Guayaquil y Cuenca.

Hasta el 16 de abril de 2018, el Banco Central del Ecuador (BCE) implementó el procedimiento y acciones  para el cierre y desactivación definitiva de las cuentas de dinero electrónico, conforme lo dispuesto por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en la Resolución No. 435-2018-M, del 3 de enero de 2018.

El dinero de las cuentas que no fue gestionado por los ciudadanos y personas jurídicas hasta esa fecha será devuelto en su totalidad cuando ellos lo soliciten.

El BCE recuerda que por seguridad de los clientes y para precautelar el sigilo bancario, la consulta de saldos y la devolución de los mismos se realizarán de manera presencial.

Para solicitar la devolución de los saldos, los ciudadanos deben acercarse a las oficinas de Atención al Cliente del BCE en Quito, Guayaquil y Cuenca, portando su cédula de identidad o un poder notariado –de ser el caso-, de lunes a viernes de 08:30 a 15:30, tomar  turno y optar por el retiro de efectivo o transferencia bancaria.

El retiro en efectivo está disponible en los balcones de atención al cliente se validarán sus datos y el saldo. Posteriormente, el cliente procederá a retirar su dinero en caja.

Para la transferencia, el ciudadano firmará una solicitud de transferencia interbancaria en la que indicará el número de su cuenta y el nombre de la entidad financiera a donde desea transferir el dinero; para ello deberá anexar un certificado bancario de la cuenta de ahorro o corriente para verificar los datos.

El BCE procesará la solicitud y procederá con la operación de acreditación a la cuenta indicada, las transferencias interbancarias se harán efectivas entre 24 y 48 horas.

Para el caso de personas jurídicas, personas naturales con RUC obligadas a llevar Contabilidad, ex Macro Agentes, Sistemas Auxiliares de Pago (SAP) y operadores tecnológicos, el procedimiento es el mismo con las dos opciones detalladas anteriormente y se lo puede realizar a través del representante legal o una persona autorizada mediante un poder notariado.

Según la Disposición General Sexta del Código Orgánico Monetario y Financiero, los pasivos y saldos que hubieren permanecido inmovilizados podrán ser devueltos durante los próximos cinco años –contados a partir de la última transacción monetaria realizada– si están constituidos por recursos equivalentes hasta el 25% de un Salario Básico Unificado vigente (USD 96,50 en  2018), mientras que si tienen montos mayores el plazo para solicitar la devolución de dichos recursos se extenderá hasta diez años.

Luego de este tiempo, los recursos no retirados serán transferidos a la Cuenta Única del Tesoro Nacional, con excepción del dinero inmovilizado por alguna decisión de carácter legal o judicial.

Si desea mayor información puede comunicarse al teléfono 1700-153153, al correo electrónico: informacion@efectivo.ec, o enviar sus inquietudes a la fan page Banco Central del Ecuador en Facebook o @BancoCentral_Ec en Twitter.

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