Después de varios borradores y revisiones, el reglamento para la siembra, cultivo y cosecha del cannabis con fines comerciales está definido. El plazo para emitirlo vence el 19 de octubre. Andrés Luque, subsecretario de Producción Agrícola del Ministerio de Agricultura, adelanta que Ecuador tendrá siete tipos de licencias para poder ejercer actividades con el cáñamo de uso industrial (que se puede utilizar en fibras, papel, plástico) y el cannabis no psicoactivo, a cielo abierto (para aceites) y en invernadero (para uso de la flor).

Estas licencias no se emitirán para microcultivos, sino a personas jurídicas que vayan a sembrar desde las dos hectáreas, con un plan de negocios. Luque estima que en esta primera etapa emitirán licencias para unas 200 o 300 hectáreas.

La puerta para que Ecuador permita negocios alrededor del cannabis se abrió tras las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). Ecuador aprobó el cultivo y producción del cáñamo con un contenido inferior al 1% de tetrahidrocannabinol o THC, que es el componente psicoactivo.

¿Qué personas podrán importar semillas para sembrar cannabis?
Deben tener personería jurídica. Dentro de lo que entra es el cáñamo de uso industrial, que sirve para fibras, granos, y la parte que es la genética para hacer CBD o CBG (canabinoides del cannabis).

¿Por qué personería jurídica?
Entran otros organismos de control como Superintendencia de Compañías, que ayudan a verificar la formalidad de la gente. Además entre los requisitos se consideran los antecedentes penales, para ver que no hayan tenido una sentencia ejecutoriada por narcotráfico o lavado de dinero.

Se barajaba la idea de emitir licencias para las autorizaciones. ¿Eso quedó fijado en el reglamento?
Habrá siete licencias, una para importación de semillas; venta de semillas; la otra para producción de semillas o esquejes; para producción de cannabis no psicoactivo o cáñamo; para la producción de cáñamo industrial; para procesar derivados de cannabis no psicoactivo; y para exportación.

¿Cuántas variedades se identificaron y qué se podrán importar?
Semillas se podrán importar cualquiera que en el país de origen el obtentor o autoridad agraria verifique que tenga menos del 1% de THC.

¿Habrá límites para la importación?
Eso no lo estamos limitando, la importación será libre, pero los que saquen las licencias. Por ejemplo, si hay una licencia para 10 hectáreas no vamos a permitir que traiga para 200.

¿Se creará una partida arancelaria para importar esas semillas?
Ya la partida está creada, es un cultivo despenalizado, pero hay que sacar la licencia por la sensibilidad del producto.

¿Y cómo se hará el control para que la semilla se use para los fines autorizados?
Hay una ley de semilla que indica que si se quieren vender genética a un tercero se deben pasar pruebas de adaptabilidad que las hace el Iniap. Entonces el Iniap deberá verificar datos agronómicos de la semilla, si que se cumple el límite de THC fijado en el país. También estará la vía de importación en la que se podrá solicitar una comisión técnica para que se autorice la importación si viene de otro país verificado, por otra autoridad agraria, que tiene menos del 1% del THC. Se hará un acompañamiento de esa siembra.

Cuando lo sembrado sale con un THC superior del 1% , ¿qué ocurrirá?
Saldrá de la competencia del Ministerio de Agricultura, se notificará al Ministerio del Interior, que dispondrá el tratamiento que se dará. Bajo los protocolos, esa cosecha se tendría que eliminar.

¿Hay un mínimo de hectareaje para sacar una licencia?
Estamos poniendo como mínimo de área para sacar licencia 2 hectáreas bajo invernadero, pero hay que dejar en claro que habrá cinco años para lograrlo, con la idea de que se inicie poco a poco, pero se debe llegar a las dos hectáreas.

¿Y se permitirán asociaciones para sacar esas licencias?
Cualquier personería jurídica puede sacar licencias, pero van atadas a un solo lote.

¿No habrá permisos para microcultivo?
El autocultivo está despenalizado, pero lo que no se puede es tener autocultivo para entrar en la cadena formal y vender. Uno de los motivos por lo que no podríamos regularlo es que se nos complicaría mucho, porque tendríamos que ir a inspeccionar patios de casa.

¿Las licencias se podrán vender a terceros?
No se podrán vender a terceros. Si se vende más del 51% de la empresa, primero debe haber producido, al menos media hectárea. Si vende pierde la licencia.

¿Cuáles serán los costos para obtener las licencias?
Vamos a estar en todas las licencias más baratos que otros países y las de cáñamo industrial van a costar la cuarta parte de las otras licencias. Eso está en revisión en jurídico. Lo que le puedo decir es que será más competitivo.

¿Los extranjeros podrán obtener licencias?
Como todo va a ser por personería jurídica, extranjeros podrán participar.

¿Cuántas hectáreas estiman que se podrían tramitar en esta primera etapa?
Estimamos que van a entrar carpetas para unas 200 0 300 hectáreas.

Desde que uno ingresa la carpeta hasta la obtención de la licencia, ¿cuánto tiempo tardará?
No tendrá que demorar más de dos meses.

Con respecto a la reglamentación de otros países, ¿qué aspectos diferenciadores habrá?
Hemos aprendido de errores de otros países. Nosotros vamos a hacer controles de THC luego de la poscosecha, pues, por ejemplo, en Uruguay nos indicaron que cuando hacían controles para autorizar cosecha había unos valores y en la poscosecha otros.

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