Más de tres años después de iniciar las negociaciones, la Unión Europea –los 28 Estados miembros del Consejo y el Parlamento Europeo- alcanzaron un acuerdo sobre las nuevas normas armonizadas que regularán las prácticas de la agricultura ecológica y el etiquetado de los productos alimentarios derivados de la misma, procedentes tanto de aquí, como de países terceros. El reglamento aún deberá aprobarse formalmente y su entrada en vigor aún se alargará mucho más, ya que no está prevista hasta  el 1 de enero de 2021, con el fin de que productores, agentes y socios comerciales tengan tiempo para adaptarse al nuevo marco.

Han sido unas negociaciones muy complicadas, en las que la Comisión Europea ha tenido que hilar fino en la redacción del texto para contentar a unos y no molestar demasiado a otros, con un total de 18 reuniones de negociación interinstitucionales del trílogo (Consejo, PE y CE) en los últimos años. Aún así, en la última reunión del 22 de noviembre del Comité Especial de Agricultura (CEA), República Checa, Lituania, Eslovaquia, Austria, Chipre y Finlandia votaron en contra de la propuesta reglamentaria, pero sirvió la abstención de Hungría, Bélgica y, sobre todo, Alemania, la más reticente a dar su visto bueno final.

La Comisión Europea, en principio, pretendía en su afán armonizador acabar con todas las excepciones que los Estados miembros venían aplicando en sus normas propias de regulación de la agricultura ecológica. No obstante, se mantienen algunas, como la autorización de explotaciones mixtas (productoras de alimentos biológicos y de alimentos convencionales) o la posibilidad de utilizar semillas y animales convencionales hasta 2035.

Las nuevas normas que regularán la agricultura y los productos ecológicos vienen a actualizar muchas de las normas vigentes de hace más de 20 años para reflejar los profundos cambios que han tenido lugar en el sector ecológico de la UE. Para la Comisión Europea, este tipo de práctica agraria ha dejado de ser un pequeño nicho del sector agroalimentario de la UE y hoy en día es uno de los sectores más dinámicos de la agricultura, con una superficie que aumenta cada año en aproximadamente 400.000 hectáreas, un mercado de productos ecológicos que representa unos 27.000 millones de euros, casi un 125% más que hace una década, y una cifra de productores orgánicos registrados que supera los 271.500 (dato 2015) y que continúa creciendo.

El nuevo reglamento sobre productos ecológicos se aplicará a los productos agrícolas vivos y no transformados, incluidas las semillas y otro material de reproducción vegetal, y a los productos agrícolas transformados, utilizados como alimentos o piensos. Estos últimos solo podrán etiquetarse como ecológicos si lo son al menos el 95% de los ingredientes de origen agrario.

¿Cuáles son los cambios principales de esta reforma?

-Equidad y garantías. Los productores ecológicos de la UE van a gozar de unas condiciones equitativas y el logotipo ecológico de la UE va a ofrecer a los consumidores las mismas garantías de calidad en toda Europa, algo extremadamente muy importante a la vista del precio más alto que pagan por este tipo de alimentos.

-Eliminación de excepciones. Las nuevas normas aplicables en toda la UE y a todo el su sector ecológico eliminarán casi todas las excepciones a la carta, incluso  a nivel de un único productor, que existían en cada Estado miembro, aunque se hará con flexibilidad. Así, podrá seguir concediéndose excepciones debidamente justificadas como, por ejemplo, sustituir con carácter temporal un ingrediente ecológico por otro convencional en caso de existencias limitadas y solo por un período determinado. Tales excepciones, además, estarán sujetas a una evaluación periódica y serán aplicables, si fuera necesario, a todos los productores y productos ecológicos para garantizar un trato equitativo.

-Importaciones y principio de conformidad. El conjunto único de normas va a aplicarse también a los agricultores de fuera de la UE, que exportan sus productos ecológicos al mercado comunitario. Vendrá a sustituir las más de 60 normas actuales distintas consideradas equivalentes que ahora se aplican a la importación de este tipo de alimentos. Hoy en día se pueden aplicarse normas diferentes a los productores de un mismo país si éste no tiene ningún acuerdo de equivalencia con la UE, porque los organismos de certificación fijan sus propias normas. El principio de conformidad con el conjunto único de normas de la UE sustituirá al principio de equivalencia, con el fin de crear unas condiciones de competencia equitativas para los operadores de la UE y de terceros países.

-Más productos ecológicos. Las nuevas normas amplían su ámbito de aplicación a una gama de nuevos productos como la sal, el corcho, la cera de abejas, yerba mate, hojas de vid o los aceites esenciales, y reglas de producción adicionales (por ejemplo, ciervos, conejos y aves de corral). Será posible añadir también nuevos productos para responder a la evolución del propio sector y a la demanda de los consumidores, lo cual traerá nuevas oportunidades a los productores ecológicos.

-Pequeños productores y nuevos mercados. En aras de una simplificación normativa, los pequeños agricultores ecológicos podrán optar por la certificación de grupo, lo que reducirá sus costes en este procedimiento y les facilitará su incorporación al régimen de producción ecológica. Nuevas oportunidades se crearán también gracias a que se abrirá un nuevo mercado para las semillas ecológicas y otros materiales de reproducción vegetal con un alto grado de biodiversidad genética, impulsando ésta y la sostenibilidad de los cultivos, así como la innovación y, además, se reforzará la resistencia a plagas y enfermedades y se mejorará la adaptación a las condiciones locales.

-Controles equilibrados y más eficaces. Las nuevas normas establecen un equilibrio entre, por un lado, la necesidad de llevar a cabo controles para asegurar la confianza de los consumidores en el sector y, por otro, la carga que ello supone tanto para los agricultores como paras las autoridades competentes. Los controles se realizan a nivel de Estado y sin previo aviso para garantizar su eficacia. Aunque lo habitual es llevar a cabo controles anuales, no siempre esa periodicidad resulta necesaria para los productores ecológicos de prestigio, con un historial impecable después de tres años consecutivos de controles anuales. En ese caso, las autoridades pueden decidir controlarlos cada dos años, lo que servirá para reducir la burocracia para productores y controladores nacionales.

-Sustancias no autorizadas y riesgos. Los productos certificados como alimentos ecológicos no pueden utilizar en ningún caso sustancias no autorizadas, como los plaguicidas, en sus cultivos. Esto siempre ha sido así y no va a cambiar. Las nuevas normas establecen medidas de precaución que los operadores tienen que adoptar para reducir el riesgo de “contaminación” accidental por plaguicidas utilizados en cultivos convencionales próximos a cultivos ecológicos. En los casos en que se afirme que algún producto ecológico contiene plaguicidas, las autoridades nacionales están obligadas a investigar el asunto. No obstante, esas afirmaciones tienen que estar claramente justificadas para que pueda iniciarse un procedimiento de investigación oficial, que debería servir para determinar el origen y la causa y presencia de tales sustancias y aplicar cualquier método adecuado que permita descartar la sospecha sin retrasos innecesarios. Los países que ya dispongan de reglas nacionales, con umbrales para las sustancias no autorizadas, podrán mantenerlas. La CE publicará un informe de evaluación de las prácticas nacionales vigentes en un plazo de cuatro años desde la entrada en vigor de la nueva reglamentación y presentará, si es necesario, una propuesta legislativa para armonizar las reglas en este ámbito.

-Acuerdos de equivalencia recíproca con países terceros. Los acuerdos sobre productos ecológicos entre la UE y otros países terceros tendrán que adaptarse a las nuevas normas comunitarias en un plazo razonable siempre que sea pertinente. Será el caso tanto de esos países (Canadá, Japón, Estados Unidos, Túnez, Nueva Zelanda, etc.), que disponen de normas de producción ecológicas y sistemas de control equivalentes y así han sido reconocidos por medio de acuerdos de equivalencia (ambas partes consideran que sus normas de producción ecológica y sus sistemas de control son equivalentes con arreglo a sus normas respectivas), lo que permite, al mismo tiempo que elegir entre una amplia gama de productos ecológicos a los consumidores, ofrecer oportunidades de exportación a los productores ecológicos comunitarios. Como también a los países terceros que están fuera del ámbito de aplicación de acuerdos de equivalencia recíproca, cuyo reconocimiento de la equivalencia existente tendrá que transformarse en un periodo transitorio de cinco años en acuerdos comerciales mutuos y recíprocos para ofrecer garantías y un marco jurídico más sólido a los operadores de ambas partes.

-Producción ecológica en invernaderos. La nutrición de las plantas con elementos que proceden principalmente del ecosistema edáfico (relativo a los suelos) es uno de los principales requisitos de la producción ecológica. El nuevo reglamento confirma este vínculo y como tal el uso de “lechos demarcados” no se considera compatible con los principios ecológicos más amplios. No obstante, se permitirá a los Estados miembros, donde esa práctica está autorizada para la agricultura ecológica, seguir utilizando invernaderos durante un periodo limitado de 10 años. La CE presentará un informe sobre el uso de “lechos demarcados” en invernaderos cinco años después de que se inicia la aplicación del nuevo reglamento, que irá acompañado, si procede, de una propuesta legislativa.

Reacciones

El comisario de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea, Phil Hogan, declaró que “la decisión adoptada por el Consejo constituye un hito para que el crecimiento del sector ecológico pueda seguir ampliándose con normas claras y con la certeza de estar en igualdad de condiciones que los productores de terceros países que exportan sus productos ecológicos a la Unión. Debemos apoyar este crecimiento velando por que el sector funcione con una legislación apropiada.”

Para Hogan, “en el trascurso de estas negociaciones, que han durado más de tres años, la Comisión ha tenido presente en todo momento al consumidor europeo que compra productos ecológicos y tiene unas expectativas razonables acerca de la garantía que aporta el logotipo ecológico de la UE.  Gracias a la aplicación de unas medidas preventivas más estrictas, se reducirá el riesgo de contaminación accidental por sustancias no autorizadas.”

El eurodiputado verde francés, José Bové, ve positiva la nueva reglamentación, ya que permitirá al sector dar un gran paso por el buen camino, y destaca dos elementos, como son el reforzamiento del control de los productos biológicos importados y las semillas bio, que podrán desarrollarse por fin y comercializarse.

Para Intereco, entidad que agrupa a las entidades públicas de control de la producción ecológica, se han dado pasos importantes en las nuevas normas sobre agricultura ecológica para terminar con la incertidumbre creada por los años de debate en torno a este reglamento y ya sí se ve que el proceso de más de tres de años de negociación llega a su fin. Desde el principio, se consideraba imprescindible una interpretación clara y armonizada a nivel europeo de la normativa, en especial respecto a los umbrales de residuos de sustancias fitosanitarias no autorizadas en alimentos bio. Quedan aún aspectos sujetos a interpretación, pero se avanza hacia la introducción de criterios objetivos para garantizar una aplicación unitaria en todos los territorios.

Para Ecovalia, asociación nacional que promueve la producción ecológica y el consumo responsable, aunque se valora el acuerdo interinstitucional “todavía queda trabajo por hacer a nivel legal para salvar algunas inconsistencias”, aunque confían en que en el primer cuatrimestre de 2018 esté ya el texto base, que será una parte del reglamento; otra parte importante serán los actos de implementación (Consejo Europeo) y los actos delegados (Comisión Europea).

También la Sociedad Española de Agroecología (SEAE), a través de la Federación Internacional de Movimientos de Agricultura Orgánica (IFOAM), de la que forma parte, reconoce que se han realizado mejoras, en comparación con la propuesta inicial de 2014. Sin embargo, a pesar de que “muchas de las recomendaciones de IFOAM-UE han sido recogidas en el texto final, todavía está lejos de ser un texto ideal».  Por ello, reclaman «un firme compromiso de las instituciones de la UE y los Estados miembros para abordar las importantes deficiencias que existen todavía”.

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