Menos causales para perder puntos en el carnet de conducir, entre lo aprobado por la Asamblea Nacional.
El sistema de puntos en las licencias de conducir, vigente desde 2014, tendrá cambios con las reformas a la Ley de Tránsito, que fueron aprobadas por la Asamblea Nacional dos semanas antes de terminar su mandato y que por ahora solo espera la aprobación del Ejecutivo para su publicación en el Registro Oficial. Entre los cambios, se eliminan 79 causales para la reducción del score (30 unidades) y -como incentivo para mantener íntegro su registro- los conductores que nunca pierdan sus puntos tendrán un descuento del 50% cuando les toque renovar el documento.
Fafo Gavilánez, asambleísta ponente del proyecto reformatorio, destaca que la Ley no tiene un carácter recaudatorio, sino que busca potenciar la seguridad vial mediante la educación, uno de los ejes de la reforma, aunque también es estricta para quienes no obedezcan las normas, con el retiro definitivo de la licencia.
“El sistema de puntos se mantiene solo para las contravenciones de primera y segunda clase. De la tercera a la séptima se dispone a la nueva Asamblea que, en un plazo de 180 días, reforme el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y allí se establezcan las sanciones correspondientes”, dice Gavilánez, quien espera que el presidente Lenín Moreno, antes de concluir su mandato este 24 de mayo, ordene el ejecútese y no vete las reformas.
Si Moreno no introduce ningún cambio al texto aprobado en el Legislativo el pasado 30 de abril, los conductores ya no perderán puntos en la licencia por las contravenciones que estaban normadas en los artículos 388, 389, 390, 391 y 392 del Código Penal vigente que contiene la Ley de Tránsito.
Por ejemplo, ya no verá reducido su puntaje el conductor que desobedezca las órdenes de los agentes de tránsito y toda señalización colocada en las vías públicas, tales como: semáforos, pare, ceda el paso, cruce o preferencia de vías. Tampoco se sancionará con reducción de puntos a la persona que conduzca un vehículo sin “las placas de identificación correspondientes” o que circule con las “placas alteradas u ocultas”, o aquel queexceda dentro de un rango moderado los límites de velocidad permitidos.
Todas estas son contravenciones de cuarta clase, que actualmente son sancionadas con seis puntos menos a la licencia y una multa del 30% de un salario básico ($ 120). Eso sí, la reforma no lo librará de las sanciones pecuniarias y, como insiste el asambleísta Gavilánez, la nueva Asamblea establecerá otro tipo de castigos que deben incluirse en futuras reformas al COP.