Más sencillo y más rápido! Así es ahora el trámite sobre la autorización para el cultivo de especies bioacuáticas en tierras altas y en agua subterránea: ¡deben presentar solo 7 requisitos! Y olvidarse de los 17 que se presentaban anteriormente.

Este logro, que se traduce en ahorro de tiempo y dinero para el acuicultor, se concretó gracia al Plan Nacional de Simplificación de Trámites (PNST) que impulsa el Gobierno Nacional y que beneficia al sector productivo del país.

Los 7 requisitos son:

  1. Solicitud de autorización para el cultivo de especies bioacuáticas en tierras altas y en aguas subterráneas
  2. Estudio técnico – económico del proyecto, de acuerdo al formato establecido por el Ministerio (requisito no necesario para proyectos menores a 25 hectáreas).
  3. Documentos que justifiquen la titularidad de dominio del inmueble o tenencia del mismo en caso de arrendamiento, comodato, usufructo u otra figura jurídica, en la que se requiera ejecutar la actividad acuícola.
  4. Certificado emitido por un laboratorio acreditado en el que se establezca que las tierras en las que se implementará el proyecto acuícola no tienen vocación agrícola. No se requerirá de esta certificación cuando la actividad que se realizará sea de cultivos en aguas dulces.
  5. Tres ejemplares de los planos del proyecto con ubicación geográfica y con referencia a la carta del Instituto Geográfico Militar, con escala 1:50.000 o la de levantamiento planimétrico del mismo organismo militar.
  6. Pago de tasa por derechos de actuación.
  7. Permiso ambiental

La eliminación de requisitos de este trámite es el resultado del trabajo y participación activa de empresarios, productores y ciudadanos a través de la plataforma www.tramiton.to en la cual pueden subir sus propuestas de mejora para simplificar trámites del sector productivo del país.

 

Fuente: Magap | ElProductor.com

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